DECRETO 173
DECRETO 240
EMERGENCIA 2026
Conferencia en vivo con el Dr. Jorge Enrique Beltrán Triana. Patrimonio, normalización y alivios tributarios — todo lo que necesitas para proteger a tus clientes esta temporada fiscal.
Grabación realizada el:
INVERSIÓN POR PERSONA
GRABACIÓN🔒 Pago seguro · Confirmación inmediata
Nuevo impuesto al patrimonio PJ
Decreto 173: personas jurídicas con patrimonio ≥ 200.000 UVT ($10.474.800.000). Primer vencimiento: 1 de abril.
Normalización tributaria al 19%
Decreto 240: ventana única para regularizar activos omitidos sin sanciones ni consecuencias penales. Vence: 31 de julio.
Alivios de sanciones al 15%
Mora, declaraciones omitidas y correcciones con descuento especial en sanciones. Vence: 30 de abril.
El Dr. Beltrán traduce el lenguaje jurídico de los decretos en acciones concretas para el contador.
Quién es sujeto pasivo, cómo se calcula la base gravable con corte al 1° de marzo, tarifas (0,5% general · 1,6% financiero y minero-energético) y exclusiones aplicables.
Cómo aprovechar el impuesto de normalización para regularizar activos omitidos o pasivos inexistentes. Condiciones, plazos y efectos prácticos para asesorar correctamente.
Reducción de sanciones al 15%, corrección de declaraciones, omisiones y conciliación contencioso-administrativa con la DIAN — todo con fecha límite en abril.
Qué hacer desde ya: corte especial al 1° de marzo, sucursales extranjeras, riesgo de constitucionalidad y el calendario completo de vencimientos de abril a julio.
Expedidos tras la Emergencia Económica declarada por el Decreto 150 de 2026, que afecta a Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó.
Medida extraordinaria que crea el impuesto al patrimonio para PJ en el marco del estado de emergencia económica para el año gravable 2026.
Paquete amplio que combina nuevos tributos con importantes oportunidades de alivio y regularización para contribuyentes.
Cada uno de estos plazos puede costarle a tu cliente millones de pesos si no actúa a tiempo.
¿Por qué estos decretos son diferentes a todo lo que hemos visto? El Dr. Beltrán explica el contexto y por qué actuar antes del 1° de abril es urgente.
Sujetos pasivos, base gravable al 1° de marzo, tarifas, exclusiones, fechas de pago y el punto más crítico: el corte contable especial que muy pocos están haciendo.
Quién aplica, cómo se declara, garantías de no-sanción y no-acción penal. Casos prácticos de cómo asesora el contador a un cliente con activos no declarados.
Manual de alivios: mora, declaraciones omitidas, correcciones y conciliación DIAN. Ejemplos numéricos del ahorro real para los clientes.
Qué hacer esta semana. Zonas grises, riesgo de constitucionalidad y el calendario completo de vencimientos de abril a julio de 2026.
Sesión de preguntas directas al Dr. Beltrán. Cierre e información sobre el Taller Renta Jurídica del 27 de marzo.
// CONFERENCISTAContador Público · Especialista Finanzas Públicas · Consultor Tributario Nacional
El Dr. Jorge Enrique Beltrán Triana es uno de los contadores públicos más reconocidos en Colombia por su especialidad en tributación de personas jurídicas e información exógena. Autor del libro de referencia nacional «Información Exógena», catedrático universitario y asesor permanente de ALIADOS SII – ATIC.
📚Autor del libro de referencia nacional «Información Exógena» — estándar en la materia
🎓Contador Público · Especialista en Finanzas · Catedrático universitario
🏛️Asesor permanente de Aliados SII – ATIC · Asociación Gremial de Tributaristas Innovadores
Una vez realizado el pago, envía el comprobante por WhatsApp al 301 521 1934 y recibirás el link de Zoom en tu correo.
Bancolombia · Tipo: Cuenta de Ahorro09000000110ATIC · NIT: 901347529-2El contador que hoy entiende estos decretos, mañana protege a sus clientes. El que no, los expone.
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